Poder ejecutivo:
Es el encargado de ejecutar y cumplir lo que las cámaras legislativas dispongan. La máxima autoridad del poder ejecutivo es el presidente de la Republica. Sus colaboradores inmediatos son: vicepresidente de la republica, y los secretarios de estados.
Poder ejecutivo:
- Presidente de la republica Dr. Leonel Fernández Reyna
- Vicepresidente de la republica Dr. Rafael Alburquerque
- Secretaria de estado de la presidencia
- Secretaria técnica de la presidencia
- Secretaria administrativa de la presidencia
- Secretaria de estado de industria y comercio
- Secretaria de estado de educación y cultura
- Secretaria de estado de de salud publica
- Secretaria de estado de turismo
- Secretaria de estado de agricultura
- Secretaria de estado de obras publicad y comunicación
- Secretaria de estado de trabajo
- Secretaria de estado de interior y policía
- Secretaria de estado de la fuerzas armadas
- Secretaria de estado de relaciones exteriores
- Secretaria de estado de finanzas
- Secretaria de estado de deportes
Poder legislativo
Es el encargado de dictar las leyes del país. Dichas leyes, de acuerdo con lo que establece la constitución, deben estar a proporcionar beneficios y felicidad a todos los habitantes del país.
El poder legislativo esta por el senado de la republica, cámara de senadores y cámara de diputados.
Poder judicial
Es el encargado de sancionar a quienes violan las leyes
EL poder judicial esta constituido por los tribunales de justicia.
Tipo de gobierno
En uno de los artículos de nuestra carta magna se establece que "el gobierno de la nación es esencialmente civil, republicano y representativo".
Es civil por que las autoridades elegidas son personalidades de la vida civil, y los militares para poder presentarse como candidatos a un grupo electivo no pueden estar en servicio militar o policial activo, por lo menos durante un año antes de las elecciones.
Es republicano por tener un régimen civil y democrático en provincias donde sus gobernantes son elegidos mediante el voto popular.
Es democrático porque su ley fundamental establece que debe expresar la voluntad de la mayoría de los/as dominicanos/as, por medio al voto.
Es representativo porque nuestra legislación dispone que los funcionarios que lo integran solo actúen en representativo del pueblo.
Símbolos patrios
La bandera nacional fue confeccionada por Concepción bona y fue la que sirvió la noche del 27 de febrero de 1844, para anunciar nuestra libertad, cuando la enarbolo, Ramón Matías Mella.
Los colores de nuestra bandera son:
Rojo: significa la sangre de los forjadores de nuestra dominicanidad.
Azul: significa que siempre seremos libres como el cielo
Blanco: representa la confianza puesta en Dios por los propulsores de la libertad dominicana.
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El Escudo
Nuestro escudo nacional posee los colores de la bandera nacional como símbolo de libertad.
En el centro de nuestro escudo aparece una Biblia abierta, frente a una cruz, lo que representa la fe cristianan que poseemos. En ambos lados de la Biblia se observa un ramo de hojas de laurel y una palma en cuya intersección se encuentran una cinta que los une.
Las palabras dichas por duarte el día del juramento, la posee nuestro escudo nacional. Se observan en la parte de arriba "Dios, patria y libertad". En la parte del fondo, esta el nombre dado por Duarte a nuestro país: Republica Dominicana.
Himno Nacional
El Himno Nacional dominicano fue escrito originalmente en el 1883, por Emilio Prud Homme (letra) y José Reyes (música).
Este Himno Nacional al realizarse tuvo varios inconvenientes hasta que con ciertas modificaciones hechas por el mismo prud Homme, se acepto el que hoy en día existe.
Este Himno Nacional cuenta las hazañas realizadas por nuestros patricios, en su lucha por la libertad del pueblo dominicano.
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Ayuntamiento
La constitución con mayor tradición dentro de la organización municipal, es el "ayuntamiento", llamado también consejo municipal.
La ley gubernamental determina que el gobierno municipal estará a cargo de un ayuntamiento.
La ley de organización municipal N. 3455 del año 1953, establece la formación, organización, funcionamiento, atribuciones, etec, de los diferentes municipios que integra el territorio nacional.
El ayuntamiento esta compuesto por los regidores y el síndico municipal, los cuales son elegidos cada 4 años directamente por el pueblo, entre la candidatura propuesta por partidos políticos. Para cada regidor así como para cada síndico, se elige un suplente, al mismo y en igual forma que el titular.
Por cada 5,000 habitantes o fracción mayor que 3,000 se elige un regidor, pero ningún ayuntamiento podrá tener meneos de 5 regidores.
Es deber de todos los ayuntamientos, reglamentar y resolver todo lo conveniente y necesario para enfrentar las necesidades del municipio, principalmente en lo que respecta a su bienestar, prosperidad y cultura.
Por cada provincia es elegido un síndico, por un periodo de 4 años, como lo establece la constitución.
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